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La etiqueta para cobradores de deudas: Trucos del oficio

Si usted tiene una deuda, es probable que haya sido contactado por un cobrador de deudas. Mientras algunos pueden comportarse profesionalmente, otros podrían estar comunicándose con usted de manera inapropiada. Si es que está cansado de recibir llamadas de cobradores de deudas a toda hora y en la oficina, no se desespere. Usted tiene ciertos derechos. Los cobradores de deudas tienen que acatar ciertas reglas gobernadas por la Ley de Prácticas Justas para Cobrar Deudas (FDCPA, sigla en inglés) cuando se ponen en contacto con usted con respecto a dinero que podría deber. El hecho de tener una deuda no les da rienda suelta a ellos para acosarlo.              

La FDCPA les prohíbe a los cobradores de deudas usar prácticas abusivas, injustas o engañosas para cobrarle a usted. Bajo la FDCPA, un cobrador de deudas es alguien que habitualmente cobra deudas debidas a otros. Esto incluye agencias cobradoras, abogados que cobran deudas regularmente y compañías que compran pagos en mora y entonces tratan de cobrarlos.                                             

El Departamento de Servicios al Consumidor de Miami-Dade comparte con usted estas reglas generales para tratar con cobradores de deudas:                            

Estafas comunes

  • Un cobrador de deudas no puede ponerse en contacto con usted en lugares o a horas inconvenientes, como antes de las 8 a.m. o después de las 9 p.m., a menos que usted esté de acuerdo con eso. Los cobradores no pueden ponerse en contacto con usted en el trabajo si se les dice (oralmente o por escrito) que a usted no se le permite recibir llamadas ahí.                                   
  • Se rehúsa a proporcionarle aviso por escrito. Todo cobrador tiene que enviarle un "aviso de validación" por escrito diciéndole cuánto dinero debe usted dentro de un plazo de cinco días después de ponerse en contacto con usted por primera vez. Este aviso también tiene que incluir el nombre del acreedor a quien le debe el dinero y como proceder si usted no cree que debe el dinero.
  • Acoso. Cobradores de deudas no pueden acosar, oprimir o abusar de usted o de terceras partes con las que ellos se ponen en contacto. Esto incluye usar lenguaje obsceno o profano o llamar a alguien repetidamente para molestar.                                     
  • Declaraciones falsas. Cobradores de deudas no pueden mentir cuando están tratando de cobrar una deuda. No pueden usar un nombre de compañía falso cuando se ponen en contacto con usted, amenazarlo con ser arrestado, ni dar información falsa acerca de su crédito a alguien.                                          
  • Prácticas injustas. Cobradores de deudas no pueden involucrarse en prácticas injustas, tales como tratar de cobrar intereses o tarifas por encima de la cantidad que usted debe a menos que el contrato que creó su deuda -- o la ley de su estado -- permite que le cobren eso.                                            
  • Un cobrador puede ponerse en contacto con otras personas pero solamente para averiguar su dirección, el número de teléfono de su casa y donde trabaja usted. Usualmente se les prohíbe a los cobradores ponerse en contacto con terceras partes más de una vez. A un cobrador de deudas no se le permite, en general, discutir su deuda con nadie que no sea usted, su esposa/o o su abogado a menos que sea para obtener información acerca de cómo localizarlo.

Consumidor astuto

  • Impedir que un cobrador de deudas se ponga en contacto con usted. Si un cobrador de deudas se pone en contacto con usted, usted podría querer hablar con el por lo menos una vez para ver si puede resolver el asunto -- aunque usted no crea que debe la deuda, no la puede pagar inmediatamente o cree que el cobrador se está poniendo en contacto con usted por equivocación. Si usted decide después de estar en contacto con el cobrador que no quiere que el cobrador se ponga en contacto con usted otra vez, dígale al cobrador -- por escrito -- que deje de ponerse en contacto con usted. Esto se hace de la siguiente manera:                                    

Haga una copia de su carta. Envíe la original por correo certificado y pague por un "recibo de vuelta" para así poder documentar lo que recibió el cobrador. Una vez que el cobrador recibe su carta, no puede ponerse en contacto con usted otra vez, con dos excepciones: un cobrador puede ponerse en contacto con usted para informarle que no habrá más contacto o para dejarle saber que ellos o el acreedor tienen la intención de tomar una acción específica, como presentar una demanda. El enviar tal carta a un cobrador al que le debe dinero no se deshace de la deuda, pero debería detener los contactos. Usted todavía puede ser demandado por el acreedor o el cobrador de deudas para lograr que pague la deuda.                               

  • Reporte cualquier problema que usted tenga con un cobrador de deudas a la Oficina de Reglamentos Financieros de la Florida por el 1-800-848-3792, la oficina del Procurador General (http://myfloridalegal.com) y la Comisión Federal de Intercambio Comercial (www.ftc.gov). Muchos estados tienen sus propias leyes con respecto a cobrar deudas que difieren de la ley federal de Prácticas Justas para Cobrar Deudas. La oficina de su Procurador General le puede ayudar a averiguar cuáles son sus derechos ante las leyes de su estado.                                           

Si desea informarse más sobre el cobro de deudas y otros asuntos relacionados con el crédito, visite www.ftc.gov/credit y MyMoney.gov, el portal del gobierno de los EE.UU. para la educación financiera.

Si desea obtener más datos de ayuda al consumidor, o para fijarse en el historial de quejas de una compañía, presentar una queja o hacer preguntas relacionadas con el consumidor, sírvase visitar el sitio web del Departamento de Servicios al Consumidor de Miami-Dade: www.miamidade.gov/csd, llamar al 305-375-3677 o enviar un correo electrónico a consumer@miamidade.gov.   

Ediciones archivadas de ConsumerWise están disponibles en línea.

Back to Top Page Last Edited: Thu Jul 21, 2011 3:17:53 PM
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