For Immediate Release:
November 09, 2009

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Bernardo Escobar

305-222-2116



El Comisionado Javier D. Souto intenta fortalecer la Ley de Transparencia (“Sunshine Law”) declarando ilegal el intercambio de votos


(Miami-Dade County, FL) -- 
El martes 1ro de diciembre del 2009,  la Junta de Comisionados del Condado de Miami-Dade estudiará una ordenanza patrocinada por el Comisionado Javier D. Souto que se propone declarar ilegal la práctica existente de canjear o intercambiar votos entre la Junta de Comisionados del Condado y la Administración. Si se aprobara dicha ordenanza propuesta por el Comisionado Souto, también sería un requisito que todas las reuniones entre un Comisionado del Condado y el Alcalde, o el Administrador del Condado o cualquier asistente del Administrador del Condado, o un director de departamento para discutir toda legislación pendiente, se realice en un fórum público, tal como una reunión o sesión informativa, para cumplir con el concepto de "gobierno de transparencia" (conocido en inglés como "Government-in-the-Sunshine"). 


"La Ley de Transparencia de nuestro estado fue aprobada con el fin de asegurar que la población tuviera acceso fácil a los procesos de gobernación así como para garantizar la transparencia en el gobierno", dijo el Comisionado Souto. "El canje de votos entre los funcionarios elegidos  y la administración elimina por entero a los electores y al público en general del proceso legislativo. ¿Cómo podría la población  confiar en el proceso legislativo y en su gobierno local cuando todas las decisiones se toman tras bambalinas como parte de un proceso de negociación de trastienda e intercambio de votos? Aunque es muy difícil prohibir completamente las negociaciones de trastienda, podríamos al menos sacar estas negociaciones fuera de los corredores y trastiendas y exigir que toda negociación "ojo por ojo" sea discutida en el marco de un fórum público o expresada por escrito, de manera que esté disponible para la prensa".   En la actualidad la ley de transparencia se aplica a las comunicaciones entre los Comisionados del Condado pero no se aplica a las comunicaciones o solicitudes de votos entre la Administración, el Alcalde y un Comisionado del Condado o múltiples Comisionados.  "Si vamos a tener un verdadero "gobierno de transparencia" creo que el público tiene derecho a saber si el Comisionado del Condado que representa a su distrito votó a favor de incrementar los impuestos a cambio de que se incluya en el presupuesto un proyecto especial de su preferencia o si votó en contra de los sindicatos laborales a cambio de recibir apoyo para una ley que el Comisionado en cuestión está patrocinando",  dijo Souto.

La ordenanza propuesta por el Comisionado Souto dispone que todas las comunicaciones entre un Comisionado de Miami-Dade o los funcionarios o personal de su oficina y la Administración del Condado "sobre cualquier asunto que podría ser traído ante la Comisión del Condado, incluyendo, entre otros, las comunicaciones sobre los términos y condiciones en las que un comisionado apoyará una propuesta que se incluya en la agenda de la Junta de Comisionados del Condado ('comunicación cubierta por la ley')" deberían cumplir los siguientes requisitos:

1. Todas las comunicaciones cubiertas por la ley deben tener lugar en una reunión abierta al público;
2. Todas estas reuniones deben anunciarse al público con no menos de veinticuatro horas de anticipación a la fecha de la reunión; y
3. Se tomará un acta de dichas reuniones que se anuncien al público.   

Las únicas excepciones serían la transmisión de preguntas de los electores por parte de un Comisionado o funcionarios de su oficina a la Administración del Condado, así como las comunicaciones cubiertas por la ley que se realicen por escrito. La propuesta dispone que se entregue una copia de toda comunicación cubierta por la ley al Secretario de la Junta y que este documento sea considerado como récord público y quede disponible para todos los ciudadanos así como para la prensa.

Si se aprueba la ordenanza todo violador de sus disposiciones quedaría sujeto a una multa que no exceda los $500 y/o a arresto carcelario en la cárcel del condado por un plazo no mayor de 60 días.

Además de esta ordenanza, el Comisionado Souto también está proponiendo legislación encaminada a enmendar el Código de Ética del Condado. La legislación dispone que el Alcalde y todo Comisionado del Condado debe recibir una copia de la versión más actual del Código de Ética del Condado de Miami-Dade con anterioridad a la ceremonia de juramentación.  Como parte de la ceremonia, cada Comisionado debería firmar una declaración jurada atestiguando bajo juramento que él o ella ha leído el Código de Ética y está de acuerdo en cumplirlo en todo momento durante el desempeño de sus funciones. El Comisionado Souto propone que este compromiso debe realizarse en cada ceremonia de juramentación, lo mismo si se trata del primer plazo de mandato del funcionario elegido o de un plazo de reelección subsiguiente.  Según plantea el Comisionado Souto, esto constituye una norma extremadamente alta de ética y todo Comisionado que posteriormente violara cualquier disposición del Código de Ética quedaría en una posición precaria si aduce ignorancia o desconocimiento del Código de Ética, cuando existe una declaración jurada firmada que atestigua lo contrario y que formaría parte del juramento del cargo. 

Para obtener más información sobre esta ordenanza, sírvase llamar a la oficina del Comisionado Souto por el 305-222-2116.

Vea la ordenanza a continuación:

 

ORDINANCE RELATING TO COMMUNICATIONS BETWEEN MAYOR, COUNTY MANAGER OR COUNTY'S ADMINISTRATIVE STAFF AND ANY MEMBER OF THE BOARD OF COUNTY COMMISSIONERS OR HIS OR HER STAFF; AMENDING CODE OF MIAMI-DADE COUNTY, FLORIDA, TO REQUIRE THAT CERTAIN COMMUNICATIONS BETWEEN ANY COUNTY COMMISSIONER OR A MEMBER OF HIS OR HER STAFF AND MAYOR, COUNTY MANAGER OR COUNTY'S ADMINISTRATIVE STAFF OCCUR AT DULY NOTICED MEETING OPEN TO THE PUBLIC; REQUIRING THAT MINUTES OF PUBLICLY NOTICED MEETINGS BE TAKEN; PROVIDING FOR EXCEPTIONS, PENALTIES, SEVERABILITY, INCLUSION IN THE CODE AND AN EFFECTIVE DATE

            BE IT ORDAINED BY THE BOARD OF COUNTY COMMISSIONERS OF MIAMI-DADE COUNTY, FLORIDA:
            Section 1.         Section 2-11.31 of the Code of Miami-Dade County, Florida, is hereby created to read as follows:[1]

CHAPTER 2
ADMINISTRATION
ARTICLE I.     IN GENERAL
*                                  *                                  *
>>Sec. 2-11.31.           Communications Between Members of Board of County Commissioners and Mayor and/or County Manager. 

 (a)        All communications between any member of the Board of County Commissioners or his or her staff and the Mayor, County Manager or any member of the County's administrative staff regarding any matter which could foreseeably come before the County Commission including, but not limited to, communications regarding the terms and conditions upon which a commissioner will support an item placed on the agenda of the Board of County Commissioners ("covered communication") shall comply with the following requirements:

(1) All covered communications shall occur at a meeting open to the public;
(2) All such meetings shall be publicly noticed no later than twenty-four hours before the scheduled meeting; and
(3) Minutes of all such publicly noticed meetings shall be taken.   

(b) Notwithstanding the foregoing, the requirements of subsection (a) (1)-(3) shall not be applicable to: (i) the transmission of constituent inquiries by any County Commissioner or a member of his or her staff to the Mayor, County Manager or any member of the County's administrative staff; and (ii) covered communications in writing.  A copy of all covered communications in writing shall be filed with the Clerk of the Board.

(c) Any person who violates any of the provisions of this section shall be published by a fine not to exceed five hundred dollars ($500.00) or by imprisonment in the county jail not to exceed sixty (60) days, or by both such fine and imprisonment.

            Section 3.         If any section, subsection, sentence, clause or provision of this ordinance is held invalid, the remainder of this ordinance shall not be affected by such invalidity.
            Section 4.         It is the intention of the Board of County Commissioners, and it is hereby ordained that the provisions of this ordinance, including any sunset provision, shall become and be made a part of the Code of Miami-Dade County, Florida.  The sections of this ordinance may be renumbered or relettered to accomplish such intention, and the word "ordinance" may be changed to "section," "article," or other appropriate word.
            Section 5.         This ordinance shall become effective ten (10) days after the date of enactment unless vetoed by the Mayor, and if vetoed, shall become effective only upon an override by this Board.

PASSED AND ADOPTED:

Approved by County Attorney as
to form and legal sufficiency:                          ________

Prepared by:                                                    ________

Gerald K. Sanchez

Prime Sponsor:            Senator Javier D. Souto


 

# # #

 

MIAMI-DADE COUNTY COMMISSIONER JAVIER D. SOUTO DISTRICT 10
Stephen P. Clark Center
111 NW 1st Street, Suite 320 Miami, Florida 33128
(305) 375-4835